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Tener un Contrato de Mantenimiento es una obligación legal en los locales de pública concurrencia, según el REBT 842/2002, en concreto en su Artículo 2, en las nuevas instalaciones, sus modificaciones y ampliaciones, así como en las instalaciones existentes, antes de su entrada en vigor, que sean objeto de modificaciones y reparaciones de importancia.

Sus titulares, deben mantener en buen estado las instalaciones eléctricas de baja tensión, con la obligación de comprobar su funcionamiento y conservación, mediante la realización de revisiones periódicas así como disponer del mantenimiento adecuado.

En TECIMEL nos encargamos de las verificaciones iniciales y/o periódicas sujetas a Contratos de Mantenimiento.

En el siguiente enlace puedes ver y descargar la normativa para las instalaciones en las que es necesario un contrato de mantenimiento.

Normativa Instalaciones con Contrato de Mantenimiento

En el siguiente cuadro se especifican las actuaciones obligatorias en industrias (a) y locales de pública concurrencia (b).

En TECIMEL contamos con profesionales colaboradores que le resolverán cualquier duda relativa a los contratos de mantenimiento en locales de pública concurrencia.

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